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FechaTítuloResumen
28-jun-2018RWD (causa Nº 51192)RWD había sido condenado a la pena de un año y diez meses de prisión de efectivo cumplimiento. Durante esa detención, cursó los estudios primarios. Luego, fue condenado por otro delito a la pena de seis meses de prisión. En tal sentido, se le impuso la pena única de dos años y cuatro meses de prisión efectivo cumplimiento. Su defensa presentó el certificado de finalización de los estudios primarios y solicitó la aplicación del estímulo educativo. El Tribunal Oral no se expidió sobre este asunto. Entonces, la defensa requirió que se le concediera a RWD la excarcelación en los términos de libertad asistida. En particular, tuvo en cuenta la reducción en el régimen de progresividad de la pena que le correspondía por aplicación del instituto solicitado. El tribunal rechazó el planteo. Para decidir de esa manera, sostuvo que RWD había cursado los estudios durante una detención anterior. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
2-may-2017CJA (causa Nº 10561)Un individuo cumplía una pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario. Allí finalizó sus estudios primarios y aprobó un curso anual de huerta orgánica, con una carga horaria de 540 horas. Además, realizó cursos de informática, instalaciones sanitarias, soldadura y educación física. Cada uno de esos cursos tenía una carga horaria de entre 120 y 250 horas. La defensa solicitó la aplicación del estímulo educativo, en los términos del artículo 140 de la ley Nº 24.660. En particular, peticionó que se le concediera a su asistido una reducción de doce meses en el régimen de progresividad de la pena. Además, requirió que, en caso de hacerse lugar al planteo, se diera inicio a los trámites para la incorporación del imputado al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional de la Unidad Penitenciaria se expidió de manera favorable a la reducción. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la escasa carga horaria de las capacitaciones cursadas por el imputado no permitía considerarlas como anuales. Por tal razón, indicó que sólo correspondía una reducción de cinco meses.